Artículo 430
Artículo 430 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 430.Lineamientos para el sistema rural de servicios sociales y del cuidado. A partir de principios de accesibilidad, disponibilidad y diversidad propuestos, para buscar un equilibrio territorial en la oferta de prestación de servicios sociales y del cuidado en suelo rural, se establecen los siguientes lineamientos para las actuaciones que conforman el sistema:
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Accesibilidad. Los equipamientos deberán facilitar el acceso desde elementos del espacio público para la movilidad e incorporar los elementos físicos necesarios que faciliten el acceso universal a las personas en sus diferencias y diversidad y contribuyan a la eliminación de discriminación por razones de sexo, discapacidad, ubicación geográfica, situación socioeconómica, identidad cultural, entre otras.
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Disponibilidad. Se promoverá la acción intersectorial en función de la suficiencia, atención de la demanda de servicios, sociales, del cuidado y servicios básicos y necesidades de las comunidades campesinas y rurales, con acciones de seguimiento en la implementación de este Plan.
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Diversidad. Se buscará la distribución equitativa y heterogénea de servicios sociales y del cuidado mediante el estímulo a la prestación de servicios con baja presencia y la ejecución de intervenciones integrales en centros poblados y nodos de equipamientos rurales.
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Inclusión universal. Se avanzará en el desarrollo económico y social enfocado principalmente en elevar la calidad de vida de la población rural y campesina del Distrito Capital, a partir de sus capacidades y oportunidades, que se articulan con un espacio público rural incluyente, con enfoque diferencial, proporcional, eficaz y oportuno, tendiente a garantizar el trabajo por cuenta propia, el derecho de los sectores que se encuentren en vulnerabilidad y debilidad por sus condiciones de pobreza o precariedad económica, protegiendo así el mínimo vital.
Los equipamientos se programarán buscando avances en la construcción de ciudad y los territorios a partir de las capacidades y las oportunidades de quienes los habitan, sin olvidar que el desarrollo económico y social del Distrito Capital se enfoca principalmente en elevar la calidad de vida de la población, considerando las diferentes dinámicas que se presenten.
- Articulación. Se buscará la optimización de los equipamientos existentes permitiendo la hibridación y mezcla de servicios sociales y del cuidado, promoviendo la complementariedad de las funciones y sostenibilidad de los equipamientos, para lo cual, entre las acciones que se adelantarán se encuentran:
a. Reconocer y posicionar los nodos de equipamientos como una red estructurante para la ruralidad y la integración rural, urbana y regional.
b. Facilitar la prestación de servicios de proximidad con equipamientos temporales y unidades móviles para garantizar que las personas sujetas de cuidado puedan acceder a servicios sociales, y así hacer mejor uso de su tiempo y recursos.
c. Garantizar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, a partir de la distribución equitativa de los servicios sociales en los territorios rurales, para garantizar su accesibilidad a todas las UPL, principalmente en aquellas que no cuenten con cobertura adecuada en términos de oferta y proximidad.
d. Priorizar la oferta de equipamientos dedicados a la prestación de servicios que reconozcan las necesidades colectivas e individuales de las personas cuidadoras y objeto de cuidado y los servicios básicos e infraestructuras que se requiere para complementar las actividades propias de la ruralidad bogotana.
e. Priorización del desarrollo multifuncional de los equipamientos en edificaciones existentes.