Artículo 299. Lineamientos urbanísticos para proyectos en Tratamiento de Desarrollo en las áreas de Rango 4C y 4D. 1. Se debe buscar la continuidad del trazado vehicular y peatonal de los nuevos desarrollos con los barrios circundantes con el fin de lograr integrar el tejido de las nuevas urbanizaciones con las existentes. 2. Se debe garantizar la continuidad visual y física entre la malla vial arterial y la franja de adecuación. Para tal fin las zonas de cesión deberán generar esta continuidad. 3. La parte más larga de los edificios deberá estar direccionada oriente-occidente con el fin de no obstaculizar la visual contra los cerros. En la zona de los Cerros de Ciudad Bolívar la orientación deberá realizarse de tal forma que se reduzca la obstrucción de la vista a los cerros. 4. Las edificaciones que se planteen sobre la plataforma o aisladas desde el nivel superior del semisótano, sótano o nivel del terreno, según el caso, no podrán tener una fachada mayor a 40 metros de ancho.