Artículo 31
Artículo 31 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 31. Sistemas de monitoreo y registro de eventos. El IDIGER en articulación con la entidad correspondiente según el tipo de evento y con las entidades distritales, regionales y nacionales, deberá continuar impulsando el sostenimiento, operación, desarrollo y fortalecimiento técnico, científico, social y mejoramiento de los sistemas de monitoreo y alerta de Bogotá, para aumentar el conocimiento sobre los factores de riesgo que enfrenta Bogotá y definir acciones de prevención y alertas de actuación por parte de la comunidad y de las entidades distritales.
Para dar cumplimiento a lo definido en el presente artículo se implementarán las siguientes acciones:
1. Crear redes de monitoreo geotécnico para aumentar el conocimiento y definir medidas de reducción del riesgo por movimientos en masa.
2. Desarrollar en el corto plazo, un sistema de monitoreo para los jarillones de la ciudad, como uno de los componentes del sistema de alerta de inundaciones del Distrito Capital.
3. Continuar el fortalecimiento y mejoramiento del sistema de monitoreo hidrometeorológico de la ciudad de Bogotá.
4. Diseñar e implementar un sistema de monitoreo de incendios forestales.
5. Impulsar el sostenimiento, operación, desarrollo y fortalecimiento técnico, científico y social del Sistema de Alerta sobre la amenaza sísmica de Bogotá.
6. Establecer los acuerdos necesarios para el suministro de la información producida por la Red Nacional de Acelerógrafos del Servicio Geológico Colombiano en el Distrito Capital y en particular por la generada de los registros relacionados con la instrumentación sísmica que trata el Capítulo A.11 del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo resistente o la norma que lo modifique o sustituya.
7. Articular los sistemas de alerta temprana de la ciudad, para garantizar la adecuada implementación de protocolos de alerta para el escenario de inundación (desbordamiento, rotura de jarillón y encharcamiento) buscando la participación de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), la Empresa de Generación Eléctrica (EMGESA), y el Grupo de Energía de Bogotá, en el marco de las competencias de cada una de estas entidades.
8. Impulsar el componente comunitario en los sistemas de alerta temprana.
9. Mantener, mejorar y ampliar el registro sistemático de eventos para todas las amenazas mediante la centralización en la base única de datos del Distrito Capital en el Sistema de Información para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático -SIRE.
Parágrafo. El IDIGER desarrollará un sistema de alerta temprana de las diferentes amenazas presentes en el Distrito, con base en la información de riesgos incluidas las medidas de mitigación, independientemente de quien las haya adelantado.