Artículo 403. Áreas con condición de amenaza en suelo rural. Corresponde a las zonas categorizadas como de amenaza alta y media que pueden ser desarrolladas dentro de las categorías de desarrollo restringido en suelo rural, las cuales se encuentran delimitadas en los Mapas CR-2.2.2 “Áreas con condición de amenaza por movimientos en masa para suelo rural y centros poblados”; CR-2.2.5 “Áreas con condición de amenaza por movimientos en masa para nodos de equipamientos en suelo rural”; CR-2.2.8 “Áreas con condición de amenaza por avenidas torrenciales para suelo rural y centros poblados”; CR-2.2.11 “Áreas con condición de amenaza por avenidas torrenciales para nodos de equipamientos en suelo rural”; CR-2.2.14 “Áreas con condición de amenaza por incendios forestales para suelo rural y centros poblados”; CR-2.2.17 “Áreas con condición de amenaza por incendios forestales para nodos de equipamientos en suelo rural” y; CR-2.2.20 “Áreas con condición de amenaza por inundación para suelo rural y centros poblados” que hacen parte integrante del presente Plan.