Artículo 298. Inversiones con cargo al Sistema General de Regalías. Los siguientes proyectos e iniciativas podrán ser susceptibles de financiación con cargo a los recursos de regalías del Distrito Capital durante la vigencia de este Plan de Desarrollo: Parágrafo. Esta priorización de proyectos e iniciativas podrán ajustarse en las siguientes etapas del proceso de formulación, presentación y aprobación del Plan Distrital de Desarrollo, en cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 152 de 1994 y demás normatividad vigente del Sistema General de Regalías.