Artículo 299. Articulación del Plan Distrital de Desarrollo con el Plan de Ordenamiento Territorial. El Plan Distrital de Desarrollo se articula con el Plan de Ordenamiento Territorial vigente de conformidad con el contenido del anexo “Programa de Ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial” , el cual hace parte integral del presente Acuerdo. La ejecución del mencionado programa se adelantará en la vigencia 2024-2027, y se soporta en los componentes y proyectos de inversión de los siguientes Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo: 299.1. Objetivo 1. Bogotá Avanza en Seguridad: En el marco del Sistema de Espacio Público, con parques, plazas, calles, rampas, cruces y senderos seguros con criterios de inclusión y accesibilidad universal para las personas con discapacidad, las personas mayores y las mujeres. 299.2. Objetivo 3. Bogotá confía en su potencial: El impulso a proyectos que generen actividades económicas asociadas al emprendimiento, la creatividad, la innovación y la cultura, en este caso, una oferta artística y cultural permanente y diversa. 299.3. Objetivo 4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática: En acciones de protección, conservación y manejo de recursos naturales teniendo como eje ordenador la Estructura Ecológica Principal. Ver Resolución 317 de 2024 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.