Artículo 272. Adquisiciones públicas eficientes y efectivas. La Administración Distrital implementará instrumentos que permitan la adquisición de bienes, servicios y obras de condiciones técnicas uniformes, para las entidades distritales que se rijan por el derecho público presupuestal y el estatuto general de la contratación, agrupando necesidades, para generar economía de escala y eficiencia en el gasto. Parágrafo. Las entidades públicas del Distrito Capital deberán planear las adquisiciones de manera que puedan consolidarlas y realizarlas haciendo uso de las vigencias futuras en cumplimiento de las disposiciones previstas para su aprobación.