Artículo 272 del Acuerdo 927 de 2004: Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas, y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. - 2024-2027: Bogotá Camina Segura
Artículo
272. Adquisiciones públicas eficientes y efectivas.
La Administración Distrital implementará instrumentos que permitan la adquisición de bienes, servicios y obras de condiciones técnicas uniformes, para las entidades distritales que se rijan por el derecho público presupuestal y el estatuto general de la contratación, agrupando necesidades, para generar economía de escala y eficiencia en el gasto.
Parágrafo.
Las entidades públicas del Distrito Capital deberán planear las adquisiciones de manera que puedan consolidarlas y realizarlas haciendo uso de las vigencias futuras en cumplimiento de las disposiciones previstas para su aprobación.