Artículo 306. Programa de revitalización urbana. La Secretaría Distrital del Hábitat, en articulación con las entidades del orden distrital, será responsable de la ejecución del Programa de Revitalización Urbana de los Barrios del Distrito Capital. Este programa tendrá como objetivo materializar el modelo de ordenamiento territorial establecido en el Decreto Distrital 555 de 2021 (Plan de Ordenamiento Territorial) mediante intervenciones integrales en los barrios, priorizando los componentes de vivienda, espacio público y equipamientos. Este programa se desarrollará con un enfoque de sostenibilidad ambiental y resiliencia territorial.