Artículo 315 del Acuerdo 927 de 2004: Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas, y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. - 2024-2027: Bogotá Camina Segura
Artículo
315. Gerencia, Seguimiento y Evaluación del Plan.
Con el objetivo de fortalecer las capacidades para un seguimiento eficiente y efectivo a los objetivos y metas previstas en este plan, la Secretaría de Planeación Distrital, fortalecerá técnica y metodológicamente el sistema SEGPLAN y su integración con los sistemas de seguimiento
a Planes de Desarrollo Locales, a Políticas Públicas y a Plan de Ordenamiento Territorial, articulando rutinas y protocolos de programación, seguimiento y evaluación. Esto implicará una revisión a las rutinas de seguimiento, tipos de informes, diseño metodológico de los indicadores, relacionamiento con los proyectos de inversión y ajustes a la plataforma tecnológica de ser necesario.
Ver Resolución 317 de 2024 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.