Artículo 289 del Acuerdo 927 de 2004: Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas, y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. - 2024-2027: Bogotá Camina Segura
Artículo
289. Definición de los Marcos de Referencia de Bonos de Deuda Pública para el Financiamiento del Desarrollo Sostenible.
La Secretaría Distrital de Hacienda será responsable de elaborar y adoptar los marcos de referencia para la emisión de bonos temáticos de deuda pública en nombre del Distrito Capital y cualquier otro bono de naturaleza similar relacionado con las inversiones destinadas a impulsar el desarrollo sostenible contemplado en los Planes Distritales de Desarrollo y en el Presupuesto Distrital. Para el efecto, la SDH reglamentará la materia.
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Resolución SDH-000265 de 2024 Secretaría Distrital de Hacienda.