Artículo 276. Estrategia financiera del Plan de Desarrollo. Las principales estrategias definidas en la estructura de financiación del Plan Distrital de Desarrollo son las siguientes: 276.1. Optimización de los Ingresos Tributarios. La gestión de recursos tributarios para la financiación del Plan Distrital de Desarrollo se realizará a través de acciones como: 276.1.1. Tributación como motor de desarrollo económico y social de Bogotá: La administración tributaria distrital buscará fortalecer el recaudo tributario mediante iniciativas para la adopción de normas sustanciales y procedimentales que permitan simplificar el ciclo tributario. 276.1.2. Fortalecimiento de los procesos de fiscalización y reducción de la evasión: La Administración Tributaria Distrital establecerá los mecanismos pertinentes que garanticen un intercambio de información tributaria efectivo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, los departamentos y municipios. 276.1.3. Mantenimiento permanente de la información catastral: A través de los procesos de actualización y conservación catastral se buscará asegurar la calidad, veracidad e integridad de la información catastral que sirve como base para la determinación de los impuestos sobre los bienes inmuebles, teniendo en cuenta el uso de información existente y su interoperabilidad. 276.2. Cofinanciación con recursos del nivel nacional. La Administración Distrital gestionará ante la Nación mayores recursos para atención Integral de la primera infancia, calidad de la educación básica y media, atención de población en situación de desplazamiento, migración y refugio, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno de conformidad con lo señalado en la Ley 1448 de 2011, subsidios para vivienda de interés social y/o prioritario, así como para el Sistema Integrado de Transporte Público Masivo mediante el esquema de cofinanciación establecido en el marco normativo vigente . Para ello fortalecerá los canales de comunicación y coordinación interinstitucional con las entidades del orden nacional, así como la gestión y formulación de proyectos para acceder a recursos del orden nacional. Así mismo, la Administración Distrital fortalecerá la gestión para la consolidación de recursos provenientes del Sistema General de Regalías – SGR, en el marco de la normatividad legal vigente. 276.3. Gestión de recursos adicionales. La Administración Distrital podrá gestionar diferentes mecanismos que permitan complementar la financiación del Plan Distrital de Desarrollo, tales como: contribución a parqueaderos, instrumentos de financiación del suelo y desarrollo urbano, entre otros, que sean necesarios para el cumplimiento del presente plan, los cuales deberán surtir su estudio y aprobación en el Concejo de Bogotá. 276.4. Fortalecimiento de los esquemas de Asociación Público Privada. La participación del sector privado, a través del fortalecimiento y promoción de Alianzas Público - Privadas se constituirá en uno de los mecanismos de financiación y/o cofinanciación de inversiones estratégicas para el desarrollo de infraestructura del Distrito. Para ello se impulsarán esquemas de desarrollo metodológico, reglamentación y estructuración de este tipo de proyectos en el Distrito. 276.5. Concurrencia y complementariedad con la gestión local. La inversión en las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializan los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social que guarden coherencia entre la planeación local y distrital. Además, se revisarán los recursos que tienen los FDL en la Tesorería para garantizar que se ejecuten rápidamente en obras de bienestar para la ciudad.