Artículo 292. Reglamentado por el Decreto Distrital 279 de 2024. Notificaciones. Modifíquese el parágrafo 3 del artículo 12 Acuerdo 469 de 2011, el cual quedará así: ” Parágrafo 3°. La notificación electrónica se efectuará en los términos del artículo 566-1 del Estatuto Tributario Nacional. Lo dispuesto en este parágrafo empezará a regir una vez la Administración Distrital reglamente el funcionamiento de esta forma de notificación ”.